sábado, 26 de noviembre de 2011

6.El Derecho a la Educación proclamado en el Título IX


La Constitución de las Cortes de Cádiz de 1812 y 

la Enseñanza

19 de Marzo de 1812

La Constitución y la Educación

En estos años de guerra y revolución de inexistencia de un sistema educativo, se hizo patente el interés por que el Estado asumiera la responsabilidad de crearlo. En el Antiguo Régimen esta preocupación se reducía a la formación de los altos cargos de la Administración en las viejas Universidades y Colegios Mayores, donde el control eclesiástico era casi total.


Desde la concepción ilustrada de gran influencia francesa, se pensaba que sólo el desarrollo cultural podía garantizar el desarrollo económico y la felicidad pública, así como la fortaleza del Estado mismo. 

José I esperaba la colaboración de los intelectuales desde el primer momento y encargó la confección de una relación nominal de cuantos pudieran ayudarle en la modernización cultural de España. Aparecieron agrupados en esta lista botánicos, médicos, expertos, historiadores y otros científicos, literatos, eruditos y artistas, tales como Jovellanos, Rousseau, Voltaire, Montesquieu, y Locke, defensores del desarrollo del individuo por medio del derecho a una educación pública para todos, que debía ser garantizada por el Estado.

Merece la pena destacar la importancia de dicho documento, debido a que fue el primero en dedicar un título a la Instrucción. Se trata de un texto jurídico que recoge una serie de artículos de los que, más adelante ofreceremos una visión.


Título IX: de la Instrucción Pública

¿Dónde encuentra su inspiración?

Exponemos cuáles fueron las directrices del pensamiento liberal, que tomaron su raíz en las siguientes fuentes:
-   La Ilustración: fe en la instrucción pública y en el progreso.
-   La Revolución Francesa: democracia y necesidad de educar para la libertad, donde se subrayó la necesidad de crear escuelas populares que contribuyeran a formar un nuevo hombre.

Los liberales aspiran al progreso de la humanidad, que aparece ligado a la instrucción. Se aspira a una igualdad ante las luces. Creencias principales:
  • La desigualdad cultural atenta contra la libertad porque no es libre el que por ignorancia coloca su destino en manos de otro.
  • La libertad es hija de la igualdad y ésta es sólo posible por la educación.
  • La instrucción se concibe como  instrumento de reforma social y prosperidad de España.
  • Elemento esencial de una pedagogía democrática.
En Francia, Condorcet, en 1792, presentó ante la Asamblea Legislativa un Reporte y proyecto de decreto sobre instrucción pública en cuyo preámbulo se precisaba que el objetivo principal de la instrucción era cultivar en cada generación las facultades físicas, intelectuales y morales y, con esto, contribuir al desarrollo general y gradual de la humanidad, fin primordial que debe perseguir toda institución. Según éste, la educación debía de ser obligatoria, gratuita, permanente, gradual, independiente de cualquier poder político, integral que respondiese a todos los aspectos y universal, una escuela que pudiera extenderse a todos los ciudadanos, cualquiera que fuese su procedencia.

¿De qué trataba?
Inspirado en este informe, con el primero de los artículos se pretende que toda la población abandone el analfabetismo potenciando la enseñanza de las habilidades instrumentales básicas: lectura, escritura y cálculo. Se pretendía que al término del grado de instrucción primaria, los niños aprendiesen a leer con sentido, escribir con claridad y buena ortografía, poseer y practicar las reglas elementales de la aritmética, etc.

Para dar respuesta a la creciente demanda asistencial y cultural, tiene lugar la creación de nuevas instituciones educativas, tanto escuelas como universidades, que impartieran diferentes ramas del saber, hasta entonces regidas bajo direcciones privadas autónomas. Generalizar la enseñanza de Las Primeras Letras, debía ser la principal obligación del Estado: “Se debe impartir a todos los ciudadanos. Que no haya individuo, por pobre y desvalido que sea, que no pueda recibir fácil y gratuitamente esta instrucción. Ni que, por apartada que esté, exista aldea sin escuela”. (Jovellanos). Podemos afirmar que nos encontramos ante el comienzo de la universalidad en educación, tema recurrente bajo la pluma y densa obra pedagógica del autor.

Con la publicación de esta Constitución, como novedad se constituyen los primeros órganos directivos docentes, que dotados de las competencias necesarias y debidamente cualificados, estarán siempre bajo la supervisión y el control continúo de la Inspección y del Gobierno, así de cómo lo dicten las leyes.

Sin dejar de lado las enseñanzas eclesiásticas propias del catolicismo y las políticas de la época, se implanta un plan de estudios igualitario, independiente del lugar donde se impartiera, siempre y cuando respete y siga las directrices marcadas por la Constitución.

No obstante, las Cortes se reservaban el derecho a implementar estatutos y planes que bien ampliasen o complementasen estos presupuestos, teniendo en cuenta las necesidades y mejoras que pudieran surgir en torno a la Instrucción Pública, pues se trataba de una sociedad muy cambiante.

Por último, hacer referencia al reconocimiento del derecho de libertad de expresión e imprenta de ideales políticos, respetando bajo cualquier concepto lo establecido por la ley.



Comparación de las constituciones 1812 – 1978: aspectos o rasgos fundamentales

En la constitución elaborada por las Cortes de Cádiz por los liberales, fue tal la importancia que se le dio al tema educativo, que recogía en el Título IX de la Instrucción Pública, un capítulo único destinado a la Educación, que además de estar considerada como un factor de progreso social, es también un elemento básico del nuevo régimen político que nace. El grado de instrucción primaria o básica era público y trataba de paliar el analfabetismo dado. El Estado se reserva el gobierno de los centros.
Actualmente, la constitución que se encuentra en vigor, es de tendencia democrática, y en ella encontramos un artículo referido a la Libertad de Enseñanza, al Derecho a la Educación, y a la Autonomía Universitaria. Su fin no es otro que el del pleno desarrollo de la personalidad humana, del respeto a los principios de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales. Se reconoce a las familias el derecho de que sus hijos reciban una educación, la elección de la religión y de la moral que éstos reciban de acuerdo a sus principios. Por último, se establece que la enseñanza básica es obligatoria y gratuita y que el Estado posibilitando la existencia de varios tipos de poderes funcionales.




Constitución 1812
Constitución 1978
Tendencia o corriente política
Liberalista: progreso social y cultural, nuevo régimen político.

Democrática


Legislación

Primera en recoger un artículo sobre Educación.

Artículos: Libertad de Enseñanza, Derecho a la Educación, y Autonomía Universitaria.


Objetivo


Alfabetizar.
Pleno desarrollo de la personalidad humana, del respeto a los principios de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.
Religión
Católica.
Elección de las familias.
Enseñanza
Primaria y Pública.
Básica, obligatoria y gratuita.
Gobierno de los centros
Estado.
Existencia de varios tipos de poderes funcionales.






La Pepa”: base de la Legislación Educativa Española

El texto fue la base sobre la que se sustentarían numerosos decretos, leyes e informes. Detallamos a continuación algunos de los más significativos:
  • El informe Quintana (1821): educación universal, uniforme, pública, gratuita e importancia de la primera enseñanza.

  • Ley Moyano (1857): primera regulación legal, sistemática y duradera del sistema educativo español.

  • Institución de Libre Enseñanza (1876): la educación es ideológicamente neutral, respeta la libertad de cátedra y de enseñanza, y apoya la enseñanza obligatoria hasta los doce años.

  • Ley General de Educación (1970): sistema educativo no selectivo, E.G.B obligatoria y gratuita, igualdad de oportunidades, implantación del B.U.P, perfeccionamiento del profesorado y educación permanente.

  • LOGSE (1990): diferenciación de niveles educativos organizados, incluyendo la presencia de la educación infantil, primaria, secundaria, formación profesional y educación especial.

  • LOE (2006): pretende mejorar la calidad de la educación: metodología, recursos, inspección educativa, formación del profesorado, participación de las familias, etc. Además, incorpora los objetivos de la Unión Europea y persigue reducir el fracaso escolar.






A continuación, el cartel elaborado para nuestra exposición oral en clase:



          


4 comentarios:

  1. se le ha olvidado una diefrencia muy importante, la desigualdad en cunato a la educación de hombres y mujeres.

    ResponderEliminar
  2. muy buena esta página aunque podría meter en la introdución comparando con las dos me explico por ejemplo 1812 tuvo...... y la de 1978 ......

    ResponderEliminar
  3. muy buena esta página aunque podría meter en la introdución comparando con las dos me explico por ejemplo 1812 tuvo...... y la de 1978 ......

    ResponderEliminar
  4. muy buena esta página aunque podría meter en la introdución comparando con las dos me explico por ejemplo 1812 tuvo...... y la de 1978 ......

    ResponderEliminar